El Gobierno Catalán tramita una ley para dar alquiler social a okupas

El Gobierno Catalán tramita una ley para dar alquiler social a okupas 1000 667 Remax Casa Élite

El texto recoge las medidas en materia de paralización de desahucios que fueron anuladas por el Tribunal Constitucional.

Novedades para la problemática con la okupación en Cataluña. La Comisión de Derechos Sociales del Parlament de Cataluña votó las enmiendas de la Ley Antidesahucios en la que trabaja la Generalitat. Una norma que cuenta con el apoyo de ERC, JxCat, la CUP, En Comú Podem y el PSC. Tras la votación, continuará el trámite en el Parlament, pudiendo estar aprobada en el plazo aproximado de un mes. Lo más polémico de este texto es que la ley obligará a dar alquiler social a los okupas.

El texto, además, recoge las medidas en materia de paralización de desahucios que fueron anuladas por el Tribunal Constitucional en una sentencia del pasado mes de enero de 2021.

Entre los principales puntos de la norma en la que trabaja el Parlament están las renovaciones automáticas de los alquileres sociales de los grandes tenedores cuando lleguen a su fin. También, alquileres sociales obligatorios para hogares vulnerables en fin de contratos de alquiler. Asimismo, alquileres sociales obligatorios para hogares vulnerables sin título.

Esta es la medida que ampara la ocupación, puesto que un okupa considerado vulnerable se verá protegido por esta norma. Y también amplía la definición de gran tenedor. De hecho, incluye a personas jurídicas con más de 10 viviendas, a la par que mantiene en 15 viviendas para las personas físicas.

Incluye el texto la obligación de ofrecer alquiler social en casos de extinción de contrato. Una situación que estará vigente durante:

  • cinco años si el gran tenedor es persona física;
  • siete años, si es persona jurídica;
  • doce años si se trata de un banco o un fondo de inversión.

Habrá control de ofertas de alquiler social obligatorio, ampliación a siete años de la cesión obligatoria de viviendas vacías de los bancos y fondos de inversión, y elaboración de un registro de grandes tenedores de personas jurídicas de más de diez viviendas. El objetivo de este último punto es facilitar el cumplimiento de la ley. Y habrá sanciones para quienes la incumplan.

Por último, y como medida de fomento para evitar desahucios, a cambio de no poner demanda de desahucio o si lo detienen, los grandes tenedores no vinculados a bancos y fondos de inversión podrán hacer la siguiente solicitud a la Generalitat: que les alquile la vivienda donde vive una familia en riesgo de desahucio a precio de protección oficial, quedándose estos como inquilinos con un alquiler social con la Administración. Eso sí, se mantiene la obligación de alquiler social si no se acogen, con las correspondientes sanciones si se incumple.